Cómo funciona el acto de adjudicación

Actualizado 12 AGO 2026Fuentes indicadas en la guía

La adjudicación es el momento en que, siguiendo el orden de mérito, cada persona elige entre las vacantes que todavía quedan disponibles. Quien está más arriba elige primero, y la vacante se toma en el acto.

En pocas palabras

  1. Orden de mérito

    Quien está más arriba elige primero entre las vacantes que siguen disponibles.

  2. Se toma en el acto

    Hay que llevar preferencias y la documentación habilitante.

  3. Puede haber segunda vuelta

    Las vacantes remanentes reaparecen si no se cubrieron.

¿Cómo se ordena?

Por puntaje final descendente. A igual puntaje, cada jurisdicción define el criterio de desempate y lo publica antes del acto.

¿Qué conviene llevar preparado?

Una lista de preferencias más larga que la cantidad de vacantes que crees que vas a alcanzar, ordenada por prioridad real.

La documentación habilitante completa: sin ella no se puede tomar la vacante aunque el orden te alcance.

¿Qué pasa si no adjudico?

Quedan las vacantes remanentes, que se llaman en una segunda vuelta cuando existen. Ahí es donde las especialidades con baja cobertura vuelven a aparecer.

Preguntas frecuentes

  • ¿Puedo cambiar de opinión durante el acto?

    Sí, hasta que confirmás. Después de confirmar, la vacante queda tomada.

  • ¿Puedo adjudicar en dos jurisdicciones?

    No podés ocupar dos vacantes. Los cronogramas suelen superponerse justamente para evitarlo.

  • ¿Las vacantes libres bajan el corte?

    Sí. Un programa que no cubre sus vacantes termina con un corte más bajo que uno con demanda alta.

Mirá cuándo es el acto

Fechas de orden de mérito y adjudicación por jurisdicción.

Ver calendario de adjudicaciones

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Fuente: Ministerio de Salud de la Nación. Datos bajo licencia CC BY 4.0 · Actualizado el 12 de agosto de 2026